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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)

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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)
Jurisdiction
New Jersey (state)
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antes de la fecha del registro de conversión. Los arrendatarios pueden estar protegidos contra el
desalojo por 40 años si sus ingresos familiares no son superiores en más de tres (3) veces el
ingreso promedio por persona en su condado o $50,000.00, el que sea mayor (N.J.S.A. 2A:18-
61.28). La fecha que se registra para la conversión es la que aparece cuando se presenta la
escritura maestra o escritura a una corporación cooperativa, o una escritura de subdivisión o
mapa en que legalmente se fijan lotes separados. El arrendador o el convertidor deben notificar a
todos los arrendatarios su derecho a presentar un arrendamiento legalmente protegido si fuesen
elegibles. En general, las solicitudes de arrendamiento legalmente protegido deben presentarse
ante el funcionario municipal designado o el agente administrativo dentro de los 60 días, aunque
pueden aceptarse solicitudes posteriores si hay una razón justificada para la presentación tardía y
si la conversión no ha ocurrido todavía. Los arrendatarios en el condado de Hudson (N.J.S.A.
2A:18-61.40 a -61.59; N.J.A.C. 5:24-3.1 a -3.4) pueden ser elegibles al arrendamiento
legalmente protegido adicional en virtud de la Ley de Protección del Arrendatario de 1992. Para
copias de la ley, regulaciones o formularios, los arrendadores o convertidores, arrendatarios y
funcionarios locales pueden visitar nuestro sitio web en:
Www.nj.gov/dca/divisions/codes/offices/landlord_tenant_information.html.
Para obtener ayuda para rellenar los formularios, el arrendatario debe ponerse en contacto con el
agente administrativo municipal apropiado que le envió los formularios.
Ley de Protección del Arrendatario de 1992
La enmienda de 1992 a la Ley de Protección del Arrendatario extiende las protecciones a
los arrendatarios calificados en