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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)

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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)
Jurisdiction
New Jersey (state)
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el que se ubiquen los locales de alquiler,
tendrán jurisdicción sobre tales procedimientos (N.J.S.A. 46: 8-47).
El Departamento no tiene jurisdicción sobre la administración de los Tribunales, ni puede
prestar asesoramiento jurídico. Esta publicación se basa en los actuales estatutos, reglamentos y
causas judiciales de Nueva Jersey que se refieren a las relaciones entre el arrendador y el
arrendatario; sin embargo, no es un resumen completo de todas las leyes, los reglamentos y las
causas judiciales que se refieren a las relaciones entre el arrendador y el arrendatario en Nueva
Jersey. A la persona que tenga la intención de entablar una demanda legal debido a una disputa
entre arrendador y arrendatario, se le recomienda que consulte con el organismo encargado de
velar por el cumplimiento de las leyes, la entidad de servicios legales del condado, un abogado
privado o la organización de propietarios, arrendatarios o de viviendas móviles. En el apéndice
de esta publicación figura una lista de los organismos y organizaciones adicionales que pueden
prestar asistencia. Por favor, tenga en cuenta que esta guía puede ser enmendada por el
Departamento según sea necesario, y que, por lo tanto, será publicada en el sitio web del
Departamento.