Skip to main content

N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)

Citation
N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)
Jurisdiction
New Jersey (state)
Source
Official source

Related Parts of This Source

Full Text

1,793 chars
permanentemente un edificio o un parque de unidades
móviles del uso residencial, siempre que no existan las circunstancias cubiertas por la
sección (G) anterior, el arrendador puede presentar una demanda de desalojo. Se debe
entregar el Aviso de Desahucio al arrendatario por lo menos 18 meses antes de
presentar la demanda de desalojo. No se puede tomar ninguna medida legal hasta que
caduque el contrato de arrendamiento (N.J.S.A. 2A:18-61.1(h)).
I. Denegación de cambios razonables en los términos y las condiciones del contrato de
arrendamiento. Cuando caduca el contrato de arrendamiento, el arrendador podrá
proponer cambios razonables, pero sustanciales a los términos y las condiciones. Si
después de recibir un aviso por escrito el arrendatario se niega a aceptar esos cambios, el
arrendador puede presentar una demanda de desalojo y el Tribunal determinará si los
cambios propuestos son razonables. En los casos en que un arrendatario ha recibido una
notificación de rescisión de contrato por cualquiera de los motivos enumerados en la
sección (K) más adelante, si tiene un arrendamiento legalmente protegido de conformidad
con la Ley de Arrendamiento Legalmente Protegido para Personas Mayores y Personas
con Discapacidad, o de conformidad con la Ley de Protección del Arrendatario de 1992,
el arrendador o propietario tendrán que probar de que cualquier cambio en los términos y
las condiciones del contrato de arrendamiento, el alquiler o las regulaciones son
razonables y no reducen sustancialmente los derechos y privilegios a los que el inquilino
tenía derecho antes de los cambios propuestos. Se debe entregar el Aviso de Desahucio
al arrendatario por lo menos un mes antes de presentar la demanda de desalojo
(N.J.S.A. 2A:18-61.1(i)).
Nota: La Ley de arrendamiento legalmente