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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)

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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)
Jurisdiction
New Jersey (state)
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 Si el arrendador intenta un desalojo por derecho propio o una clausura del local en
alquiler, el arrendatario debe llamar a la policía. Si el arrendador se niega a permitir que el
arrendatario ingrese a las instalaciones después de que la policía le haya advertido sobre los
procedimientos ilegales de desalojo, el arrendador puede ser acusado de conducta contra el orden
público.
El desalojo por derecho propio consiste en ingresar en una unidad de vivienda y retirar
los bienes personales de los arrendatarios sin su consentimiento o sin un fallo del Tribunal, y no
se permite en Nueva Jersey en ninguna circunstancia. El arrendador u otra persona que entre en
un apartamento o propiedad sin una orden judicial que autorice dicho ingreso y/o retenga las
pertenencias del arrendatario ilegalmente por la fuerza o amenaza por dinero adeudado puede ser
responsable de daños al arrendatario (N.J.S.A. 2A:39-1).
El arrendador o su representante no puede cerrar con candado, desconectar los servicios
públicos o clausurar de otro modo el acceso a la entrada a una propiedad de alquiler mientras el
arrendatario todavía viva allí. Además, la remoción de las pertenencias de un arrendatario de una
propiedad por parte del arrendador, después del desalojo, sólo puede hacerse de conformidad con
la Ley sobre Propiedades Abandonadas (N.J.S.A. 2A:18-72 a 84); sólo un agente judicial puede
legalmente desalojar físicamente a un arrendatario, después de que un juez haya emitido una
orden judicial de remoción.
Una persona que es desalojada ilegalmente puede presentar una denuncia ante el
secretario de la Sección del Arrendador y Arrendatario, Parte Civil Especial de la División de
Derecho, o ante el Tribunal de Equidad, Tribunal Superior, en el condado en el que se cometió el
acto. Si la demanda