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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)

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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)
Jurisdiction
New Jersey (state)
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Bienestar del Condado antes de comenzar la demanda de desalojo para cualquier
residente (N.J.A.C. 5:26-3.4(c)).
Si en un edificio existen al menos dos (2) unidades ocupadas por personas no
relacionadas entre sí que no cuentan con cocinas y baños privados se considera como casa de
huéspedes o pensión que no cumpla con una (1) de las excepciones de la Ley de Casas de
Huéspedes y Pensiones (N.J.S.A. 55:13B-3). Estas excepciones incluyen hoteles con más del 85
por ciento de ocupación temporal por personas con residencia en otros lugares, residencias
universitarias e instituciones académicas de enseñanza superior, edificios que albergan solo a
estudiantes de instituciones académicas de enseñanza superior y ciertas residencias para
discapacitados. Para obtener más información acerca de las casas de huéspedes y pensiones,
comuníquese con la Bureau of Rooming and Boarding House Standards, Post Office Box 804,
Trenton, NJ 08625-0804, al (609) 633-6251 o (609) 984-1704.
Desalojos de viviendas públicas
Las autoridades de vivienda pública deben cumplir las leyes estatales relativas a los
desalojos, así como las regulaciones del HUD (N.J.S.A. 2A:18- 61.1; 24 C.F.R. 966 y
siguientes). En el caso de desalojo, el arrendatario de una vivienda pública puede solicitar una
audiencia a la autoridad de vivienda después de recibir un aviso de cese del arrendamiento. Una
autoridad de vivienda no puede iniciar una demanda de desalojo ante el Tribunal hasta que la
decisión del funcionario de audiencias o el panel de audiencia se haya enviado por correo o
entregado al arrendatario y se haya notificado un aviso para desalojar.
Sanciones por infracciones a la Ley de Desalojo
Cuando un arrendatario desocupa una unidad de vivienda después de haber recibido el
aviso de que el arrendador intenta