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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)

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N.J. DCA Landlord/Tenant Information Series — (Espanol)
Jurisdiction
New Jersey (state)
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Official source

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proporcionar una copia del «AVISO A LOS ARRENDATARIOS» y entregarla con la oferta
inicial y la oferta final, escrita o verbal, al arrendatario.
La agencia de ejecución hipotecaria, incluso el banco, el acreedor o el nuevo arrendador,
puede hacer una oferta monetaria bona fide (buena fe) por escrito solicitando al arrendatario que
desocupe la propiedad, sin «razón justificada». La aceptación de la oferta por parte del
arrendatario debe ser por escrito y debe incluir un acuse de recibo de la fecha de recepción de la
oferta, con el entendimiento de que el arrendatario tenía un período de revisión de cinco días
para aceptar o rechazar la oferta presentada.
Sin embargo, es importante señalar que la aceptación de una oferta monetaria de buena fe
es voluntaria. El arrendatario no será presionado por nadie, incluida la persona que hace la oferta,
para aceptar la oferta para desocupar la propiedad. De conformidad con la Ley de Equidad en las
Ejecuciones Hipotecarias de Nueva Jersey (N.J.S.A. 2a:50-69 y siguientes), las tácticas de
presión incluyen, entre otras, lo siguiente (N.J.S.A. 2A:50-71(b)):
1. Desvirtuar o tergiversar los derechos del arrendatario en virtud de la ley;
2. dar a entender que el arrendatario está obligado a aceptar la oferta;
3. dar a entender con insinuaciones sobre posibles consecuencias contra el arrendatario por no
aceptar la oferta;
4. acosar, lo que incluye, entre otros, la interrupción de los servicios públicos, el
incumplimiento en dar mantenimiento a áreas o instalaciones comunes u cualquier otra falta
de mantener los locales en una condición habitable; y
5. aumentar excesivamente el alquiler respecto de cualquier control de los alquileres u
ordenanzas de nivelación de alquiler, o si la propiedad no está sujeta a control de alquiler,
fijar un